Metodología
- Cuota de autónomos 2026: sistema por ingresos reales, 15 tramos de rendimientos netos con una deducción del 7 % por gastos genéricos. Se usa la base mínima de tu tramo y el tipo del 31,5 % (incluye MEI del 0,9 %). Tarifa plana de 80 €/mes el primer año.
- Nómina 2026: cotización del trabajador del 6,5 % (contingencias comunes, desempleo, formación y MEI), con el tope de 5.101,20 €/mes.
- IRPF: escala estatal más la escala autonómica de tu comunidad, cada una con su propio mínimo personal y familiar (varias comunidades tienen mínimos más altos que el estatal). Escalas y mínimos oficiales del último ejercicio publicado por la Agencia Tributaria (2025), que se actualizarán cuando se publiquen los de 2026.
- Nómina: reducción por rendimientos del trabajo, 2.000 € de otros gastos deducibles y deducción de hasta 340 € para sueldos inferiores a 18.276 €.
- Autónomo: estimación directa simplificada con un 5 % de gastos de difícil justificación (máximo 2.000 €), o la reducción de hasta 1.620 € si tus rendimientos no llegan a 12.000 €. El primer año, y también el segundo, se aplica la reducción del 20 % por inicio de actividad.
- Simplificaciones: no se aplican deducciones autonómicas (alquiler, nacimiento, etc.), que pueden mejorar algo tu resultado, ni la reducción especial para autónomos con un único cliente. País Vasco y Navarra tienen IRPF foral propio y no están incluidas todavía; en Ceuta y Melilla se aplica una deducción del 60 % que tampoco se calcula aquí.
- Verificación: el cálculo se ha contrastado en 25 casos (15 comunidades, sueldos de 15.000 a 120.000 €, con y sin hijos, mayores de 65 y primer año) contra un cálculo de referencia independiente basado en el Manual de Renta de la Agencia Tributaria, y reproduce al céntimo su ejemplo resuelto.
- Fuentes: Manual de Renta 2025 de la Agencia Tributaria y Orden PJC/297/2026 de cotización a la Seguridad Social.
Fuentes oficiales
- Agencia Tributaria: escalas autonómicas del IRPF (Manual de Renta 2025)
- Agencia Tributaria: mínimos personales y familiares estatal y autonómicos
- Agencia Tributaria: reducciones en actividades económicas
- Orden PJC/297/2026, de bases y tipos de cotización a la Seguridad Social para 2026 (BOE).
Actualizaciones
Revisamos las cifras cada enero, cuando se publican las nuevas cuotas y tipos de cotización, y de nuevo cuando la Agencia Tributaria publica las escalas autonómicas del ejercicio. Última revisión: octubre de 2026.
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